Hasta $ 2.750.631,98 es el monto exento.
Superando ese valor la alícuota es del 20%

A partir del 30 de Noviembre de 2021 se encuentra vigente el siguiente monto exento determinado por la Resolución General N°4257 y sus modificatorias.

Artículo 30, Inciso e) Embarcaciones para recreo o deportes y motores fuera de borda. Monto Exento Actualizado $2.750.631,98

Para mayor información consultar la siguiente tabla o la página de AFIP http://biblioteca.afip.gob.ar/cuadroslegislativos/getAdjunto.aspx?i=14564